- Servicios legales para inmigración
Te apoyamos durante todo el proceso de inmigración
Estancias temporales en los EE. UU. (Visas de no inmigrante)
¿Viene de visita, patrocina a un empleado o busca admitir estudiantes extranjeros?
Las visas de no inmigrante permiten visitar, estudiar o trabajar temporalmente en los Estados Unidos. Con estas visas, la intención no es inmigrar permanentemente; las personas vienen de visita, para un proyecto o para adquirir experiencia, y luego regresan a su país de origen. Trabajaremos con usted o su institución para elegir la categoría de visa adecuada y cumplir con todos los requisitos para una visita legal y sin complicaciones.
- situaciones de visado temporal
Visitas por negocios o placer (Visas de visitante B-1/B-2 y exención de visa)
“Quiero hacer turismo por Estados Unidos o asistir a reuniones.”
Si planea visitar Estados Unidos por turismo o un viaje corto de negocios, probablemente necesite una visa de turista B-2 o una visa de negocios B-1. Los ciudadanos de ciertos países pueden visitar el país sin visa por hasta 90 días gracias al Programa de Exención de Visa.
Cómo le ayudamos: Le aclararemos si necesita una visa, le ayudaremos a preparar la solicitud de visa o ESTA y nos aseguraremos de que tenga los documentos necesarios para facilitar su entrada. Nuestro objetivo es que disfrute de su viaje sin demoras ni problemas legales. Tenga en cuenta que las visas de visitante no permiten trabajar ni estudiar a largo plazo. Son para estancias cortas (generalmente hasta 6 meses, según se determine al entrar al país). Le asesoraremos sobre cómo presentar su propósito de viaje con honestidad y qué esperar en el punto de entrada.
Programas de estudio o intercambio (visas de estudiante F-1/M-1 y visas de intercambio J-1)
“Me aceptaron en una escuela/programa de intercambio en EE. UU.”
O “Queremos aceptar estudiantes extranjeros en nuestros programas.”
Si planeas estudiar en EE. UU. en una universidad, colegio, escuela secundaria, escuela vocacional o incluso un programa de idiomas, probablemente necesites una visa de estudiante F-1 o M-1, o una visa de visitante de intercambio J-1. Para quienes tienen visa de estudiante, las oportunidades para obtener autorización de trabajo son limitadas.
Cómo ayudamos a los estudiantes: Si bien la mayoría de los trámites de visas F-1, M-1 y J-1 son gestionados por funcionarios escolares o patrocinadores del programa, se recomienda contratar a un abogado de inmigración cuando los casos presentan antecedentes complejos, denegaciones de visa previas o incertidumbres legales. Los estudiantes pueden beneficiarse de asesoría legal al solicitar extensiones de autorización de trabajo o exenciones que a veces aplican a los titulares de visas J-1.
Cómo ayudamos a las instituciones: Para las escuelas, la asesoría legal suele ser útil para establecer o mantener el estatus de patrocinador SEVP o J-1, garantizando el cumplimiento de las regulaciones federales. Los abogados también pueden ayudar con exenciones, readmisiones, cuestiones laborales que no se ajustan a los procedimientos rutinarios y la elaboración de directrices para estudiantes y personal.
Trabajar temporalmente en los EE. UU. (visas H-1B y otras visas de trabajo)
“Quiero patrocinar a un trabajador extranjero.”
Para profesionales cualificados, la visa de trabajo temporal más común es la H-1B, que permite trabajar en EE. UU. en una “ocupación especializada”. Existen también otras visas de trabajo para diferentes situaciones: visas L-1 para traslados dentro de la misma empresa, visas O-1 para personas con habilidades extraordinarias en su campo, visas P para atletas y artistas, visas E-1/E-2 para comerciantes e inversores de países con tratados comerciales, y la visa TN para profesionales canadienses y mexicanos en el marco del TLCAN/T-MEC. Estas son solo algunas.
Cómo ayudamos: Asesoramos a empleadores y profesionales sobre las complejidades de las visas de trabajo, incluidas las clasificaciones H-1B, L-1, O-1 y P. Asistimos a las empresas en la preparación de solicitudes sólidas, el cumplimiento de la normativa y la respuesta a requerimientos gubernamentales, como solicitudes de información o visitas a las instalaciones. A las personas, les brindamos apoyo estratégico para demostrar habilidades extraordinarias, mantener su estatus legal y gestionar los trámites consulares o los cambios de empleo. Tanto si patrocinas talento como si buscas una oportunidad profesional en EE. UU., nuestra experiencia legal te ayuda a minimizar riesgos y maximizar el éxito.
Visados de prometido(a) y cónyuge (visados K-1 y K-3)
Estoy comprometida o casada con un ciudadano estadounidense y queremos vivir juntos en Estados Unidos.
La unidad familiar es importante y existen visas especiales que ayudan a las parejas a reunirse antes. La visa K-1 de prometido(a) permite que el/la prometido(a) extranjero(a) de un ciudadano estadounidense venga a Estados Unidos durante 90 días para contraer matrimonio. Si ya están casados, una visa K-3 podría permitir que su cónyuge extranjero venga a Estados Unidos mientras se tramita su visa de inmigrante.
Cómo podemos ayudarle: Estos procesos están disponibles, pero no se utilizan con frecuencia, por lo que primero le ayudaremos a decidir si esta opción es la adecuada para usted. Si lo es, ayudaremos al ciudadano estadounidense a presentar la solicitud inicial con la documentación que acredite la autenticidad de su relación. Posteriormente, guiaremos a su cónyuge extranjero durante la entrevista consular para la visa. Tras contraer matrimonio en EE. UU., realizaremos una transición fluida a la solicitud de la tarjeta verde para el cónyuge extranjero, ayudándoles a reunir el siguiente conjunto de formularios y pruebas para que puedan continuar su vida juntos sin interrupciones.
Lenguaje sencillo, apoyo real
Durante todo el proceso de solicitud de visa temporal, le explicamos cada paso de forma sencilla. Sabrá qué hacemos, por qué lo hacemos y qué sigue. Ya sea completar un formulario, organizar su programa de intercambio o extender una autorización de trabajo temporal, nos aseguramos de que esté preparado y tranquilo. Nuestro objetivo es que esté informado y tranquilo.
Convirtiendo a los EE. UU. en su hogar (Tarjetas Verdes)
¿Estás buscando residir permanentemente en los Estados Unidos?
Una tarjeta verde le permite vivir y trabajar en los Estados Unidos de forma indefinida y, eventualmente, optar a la ciudadanía. Existen varias vías principales para obtener una tarjeta verde, principalmente a través del patrocinio familiar, el empleo o la inversión, o programas especiales para personas que enfrentan dificultades específicas. Estos procesos pueden ser largos y complejos, pero el resultado puede cambiarle la vida. El estatus de residente permanente es el paso más importante para construir su vida en Estados Unidos. Diseñaremos la mejor estrategia, gestionaremos todas las peticiones y solicitudes, y nos aseguraremos de que todo se desarrolle sin contratiempos.
- Vías comunes para obtener la tarjeta verde
Tarjetas de residencia basadas en lazos familiares
“Tengo un familiar que es ciudadano estadounidense o residente permanente (titular de la tarjeta verde).”
La ley de inmigración de EE. UU. favorece en gran medida la permanencia de las familias unidas. Si tiene un familiar directo que es ciudadano estadounidense o residente permanente, esa persona puede solicitar la residencia permanente (tarjeta verde) en su nombre.
Los familiares directos de ciudadanos estadounidenses conforman la categoría de preferencia familiar más rápida. Esta incluye a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, los hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses y los padres de ciudadanos estadounidenses adultos. No hay límite anual de visas para estas relaciones.
Ejemplo: Si se casó con un ciudadano estadounidense, generalmente podemos presentar su solicitud de residencia permanente de inmediato, y podría tener su entrevista y aprobación en aproximadamente un año (los plazos pueden variar).
Otras categorías de preferencia familiar incluyen a los hijos adultos de ciudadanos estadounidenses, los hermanos de ciudadanos estadounidenses y los cónyuges o hijos de residentes permanentes (titulares de la tarjeta verde). Estas categorías tienen límites anuales, lo que significa que puede haber una demora (a veces de varios años o más, según el parentesco y su país de origen). Por ejemplo, el hermano o la hermana de un ciudadano estadounidense podría esperar más de 10 años para que haya una visa disponible si proviene de India o México. Sin embargo, iniciar el trámite lo antes posible le asegura su lugar en la lista de espera. Mientras tanto, exploramos si existen visas temporales u otras soluciones que puedan ayudarle.
Cómo le ayudamos: En cualquier caso basado en lazos familiares, asistimos al familiar patrocinador en la presentación de la petición inicial I-130 para establecer el parentesco que califica. Una vez aprobada la petición, le guiamos a través del trámite consular o el ajuste de estatus, según su situación. Nuestro objetivo es reunirle con sus seres queridos lo antes posible.
Estatus especial de inmigrante juvenil
“Mi cónyuge o pareja me ha abandonado o maltratado a mí y a mi hijo/a”
O “Mi organización trabaja con niños que sufren o sufrieron negligencia o maltrato”
La clasificación de Inmigrante Juvenil Especial (SIJ, por sus siglas en inglés) está disponible para niños que han sido objeto de procedimientos judiciales estatales para menores relacionados con maltrato, negligencia, abandono o una causa similar según la ley estatal. Si un tribunal de menores ha emitido ciertas resoluciones judiciales y órdenes conforme a la ley estatal sobre dependencia o custodia, reunificación familiar y el interés superior del niño, entonces el niño puede ser elegible para la clasificación SIJ.
Cómo ayudamos a los niños: En el tribunal estatal, nos aseguramos de que el juez cuente con la información necesaria para tomar una decisión que se ajuste a las leyes de inmigración. Luego, trabajamos con usted en nombre del menor para solicitar la residencia permanente. Si bien esto no necesariamente beneficia a los padres o tutores, representa un gran beneficio para los niños que han sufrido como resultado del maltrato o la negligencia.
Cómo ayudamos a las organizaciones: Si su organización trabaja con niños inmigrantes que han sufrido maltrato, negligencia o abandono, le ayudamos a ayudarlos. Si su organización se dedica a gestionar tutelas o a ayudar en la colocación de menores en familias, aunque sea temporalmente, podemos ayudarle a presentar la documentación necesaria para garantizar que el niño inmigrante no se vea perjudicado en el futuro como consecuencia de su situación migratoria.
Patrocinar a un empleado para obtener una tarjeta verde (inmigración basada en el empleo)
“Quiero patrocinar a un empleado para que obtenga la residencia permanente (tarjeta verde)”
O “Tengo habilidades extraordinarias”
Si una empresa desea retener a un talento extranjero a largo plazo, patrocinarlo para que obtenga la residencia permanente (tarjeta verde) puede ser la mejor opción. Las tarjetas verdes basadas en el empleo permiten a los trabajadores extranjeros vivir y trabajar en los EE. UU. de forma permanente, y suelen ser el siguiente paso después de una visa de trabajo temporal como la H-1B o la L-1. El proceso puede ser complejo, pero con la asesoría legal adecuada, es manejable y vale la pena.
Cómo ayudamos: Trabajamos en estrecha colaboración con los empleadores para guiarlos en el proceso de patrocinio de principio a fin. Desde determinar la categoría de tarjeta verde adecuada hasta preparar la documentación, coordinar con Recursos Humanos y garantizar el cumplimiento de los requisitos del Departamento de Trabajo y el USCIS. En algunos casos, las personas pueden presentar su propia solicitud, y también les brindamos asistencia directa.
Patrocinando a los trabajadores de primera preferencia
Esta categoría, poco común, está destinada a personas con habilidades extraordinarias, profesores e investigadores destacados, ejecutivos y gerentes de multinacionales, siempre que se cumplan ciertas condiciones. A diferencia de las categorías de segunda y tercera preferencia, los casos de primera preferencia no requieren la certificación laboral PERM, lo que puede reducir significativamente el tiempo de procesamiento.
Cómo le ayudamos: Le ayudamos a reunir la evidencia y a demostrar ante el USCIS que su empleado cumple con los requisitos, y prepararemos la petición I-140 con la documentación necesaria.
Patrocinando trabajadores de segunda y tercera preferencia
La clasificación EB-2 es para puestos que requieren un título avanzado (maestría o superior, o una licenciatura más cinco años de experiencia progresiva), o para personas con habilidades excepcionales en su campo.
La clasificación EB-3 es para trabajadores calificados, profesionales y otros trabajadores. En esencia, personas en puestos que requieren dos años de experiencia, una licenciatura o menos para cumplir con los requisitos del puesto.
El proceso:
Certificación Laboral PERM: La mayoría de los casos EB-2 y EB-3 comienzan con una prueba del mercado laboral. Le ayudamos a obtener una determinación del salario vigente del Departamento de Trabajo, llevamos a cabo el reclutamiento necesario y presentamos la solicitud PERM.
Petición de Inmigrante I-140: Una vez aprobada la certificación PERM, presentamos el Formulario I-140 ante el USCIS para clasificar al trabajador en la categoría de empleo correspondiente.
Solicitud de Tarjeta Verde: Cuando haya una visa disponible, el empleado puede solicitar la residencia permanente.
Cómo le ayudamos: Gestionamos todo el proceso, le mantenemos informado sobre los plazos y nos aseguramos de que su empresa cumpla con todos los requisitos. También ofrecemos asesoramiento estratégico; por ejemplo, sobre si la clasificación EB-2 o EB-3 es más apropiada, o cómo manejar un cambio en las funciones laborales durante el proceso.
Autopetición de Exención por Interés Nacional (NIW)
En algunos casos, las personas pueden solicitar la residencia permanente (tarjeta verde) sin necesidad de un empleador patrocinador. La Exención por Interés Nacional (EB-2) está disponible para profesionales con títulos avanzados o habilidades excepcionales cuyo trabajo beneficia a Estados Unidos en general, por ejemplo, en salud pública, investigación científica o seguridad nacional.
Cómo ayudamos: Trabajamos directamente con las personas para preparar una solicitud sólida, lo que incluye redactar una carta de petición convincente, recopilar pruebas del impacto nacional y presentar el formulario I-140.
Inversores inmigrantes
Si usted es un inversionista extranjero que planea invertir un capital sustancial en un proyecto empresarial que genere 10 o más empleos en los EE. UU., la clasificación EB-5 podría ser una opción para usted.
Podemos ayudarle a determinar el monto exacto de inversión necesario y si su proyecto empresarial cumple con los requisitos. Por supuesto, también nos encargaremos de la documentación.
Tu éxito, nuestra prioridad
Obtener la residencia permanente (tarjeta verde) puede ser el paso más importante en tu proceso migratorio. También suele ser el proceso más complejo, con múltiples formularios, documentación y, a veces, años de espera. Nuestro trabajo es simplificar este camino para ti. Dividimos el proceso en etapas claras, te mantenemos informado del progreso y respondemos rápidamente a cualquier cambio que pueda afectar tu caso. Y lo más importante, te defendemos. Al trabajar con nosotros, cuentas con un aliado tan comprometido como tú.
Situaciones humanitarias y especiales
A veces, la inmigración va más allá del trabajo o la familia: se trata de seguridad, libertad u otras necesidades urgentes.
Estados Unidos cuenta con diversos programas para proteger o ayudar a personas en circunstancias extraordinarias. Estos incluyen asilo y estatus de refugiado para quienes huyen del peligro, Estatus de Protección Temporal para personas provenientes de países en crisis y visas especiales para víctimas de delitos o abusos. Estos casos pueden ser emocionalmente complejos y difíciles, pero son de suma importancia, ya que pueden salvar vidas.
Abordamos estos casos con sensibilidad y cuidado, asegurándonos de que las autoridades escuchen su historia y de que reciba la protección que necesita. A continuación, se presentan las principales vías humanitarias y especiales:
- Vías comunes
Asilo (Refugio en los EE. UU. para quienes enfrentan persecución)
“No puedo regresar a mi país porque temo por mi vida”
Si ya se encuentra en los Estados Unidos o en la frontera y tiene un temor fundado de sufrir daños en su país de origen debido a su raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas o pertenencia a un grupo social determinado, puede solicitar asilo. El asilo le permite permanecer en los Estados Unidos y, eventualmente, obtener la residencia permanente (tarjeta verde). Sin embargo, debe solicitar asilo dentro del primer año de su llegada a los Estados Unidos.
Cómo le ayudamos: Le ayudaremos a contar su historia completa y a preparar una solicitud de asilo detallada con una declaración personal y pruebas que la respalden. Le brindaremos apoyo para su entrevista o audiencia de asilo, para que se sienta cómodo al contar su historia al funcionario o juez. Los casos de asilo pueden ser difíciles y las preguntas pueden ser muy detalladas y personales. Estaremos a su lado durante todo el proceso, abogando por usted. Si obtiene el asilo, también le ayudaremos a solicitar la residencia permanente (tarjeta verde).
Estatus de Protección Temporal (TPS)
“Hay una crisis en mi país de origen y no puedo regresar ahora mismo”.
El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) es un estatus temporal que Estados Unidos otorga cuando las condiciones en ciertos países son demasiado peligrosas para que las personas regresen en este momento. Si su país fue designado para el TPS y usted se encontraba en Estados Unidos al momento de la designación, puede solicitar protección contra la deportación y un permiso de trabajo por la duración del TPS. Por ejemplo, países como Haití, Venezuela, Siria, Yemen y otros han contado con el TPS en los últimos años.
Cómo le ayudamos: Verificaremos si usted califica. Si califica, prepararemos su solicitud de TPS y su solicitud de permiso de trabajo. Le guiaremos en la obtención de pruebas de su nacionalidad y de que ha estado en Estados Unidos. También le ayudaremos con las renovaciones, según sea necesario y estén disponibles. Con el TPS, nuestro objetivo es mantenerlo seguro y con posibilidad legal de empleo mientras su país de origen continúa en crisis.
Autopetición VAWA (Ayuda para cónyuges, hijos o padres maltratados)
“Tengo miedo de quedarme con mi familiar estadounidense debido al maltrato, pero no quiero perder la oportunidad de obtener la residencia permanente.”
Nadie debería tener que elegir entre su seguridad y su estatus migratorio. El proceso de autopetición de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) permite que ciertas víctimas de violencia doméstica o crueldad extrema soliciten la residencia permanente por sí mismas, sin el conocimiento ni el consentimiento del agresor. Esto aplica a cónyuges e hijos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes que han cometido abuso, e incluso a padres de ciudadanos estadounidenses que han cometido abuso.
Cómo le ayudamos: Le brindamos un entorno seguro y confidencial para que pueda hablar sobre su situación. Verificaremos que cumpla con los requisitos básicos y luego prepararemos una petición VAWA, ayudándole a reunir pruebas del abuso. Protegemos su información con sumo cuidado y las autoridades de inmigración no se comunicarán con el agresor. Una vez aprobada la autopetición, si cumple con los requisitos para ajustar su estatus a la residencia permanente, también nos encargamos de la solicitud. Durante este proceso, también puede obtener una autorización de trabajo. Nuestro objetivo final es empoderarte para que puedas salir de una situación de abuso de forma segura y, al mismo tiempo, obtener el estatus migratorio que mereces.
Visados U (Víctimas de Delitos)
“Fui víctima de un delito grave en EE. UU. y colaboré con la policía”.
Las visas U son una vía especial para que las víctimas de ciertos delitos obtengan estatus legal en EE. UU. Están diseñadas para apoyar a las fuerzas del orden, incentivando a las víctimas a denunciar delitos y colaborar con la policía. Para calificar, debe haber sufrido abuso físico o psicológico grave a causa de un delito. También debe estar dispuesto y ser capaz de colaborar con las fuerzas del orden o la fiscalía en la investigación o el enjuiciamiento del delito.
Cómo ayudamos: Estos casos son delicados. Primero, determinamos si el delito y su participación cumplen con los requisitos. Un paso clave es obtener una certificación de las fuerzas del orden que confirme que usted fue víctima y que cooperó. Luego, preparamos una solicitud de visa U con una declaración personal suya donde detalle el delito y cómo le afectó, y aportamos las pruebas necesarias. Los casos de visa U suelen ser largos. Por ello, el USCIS ahora otorga con frecuencia la “Acción Diferida” y permisos de trabajo a los solicitantes de visa U con un caso sólido, incluso mientras esperan la aprobación final. Tras aproximadamente tres años con una visa U, podrá solicitar la residencia permanente (tarjeta verde); le ayudaremos con ese trámite cuando llegue el momento. Nuestro objetivo es transformar una experiencia traumática en un camino que le permita estabilizar su futuro en Estados Unidos, gracias a su valiente colaboración con las fuerzas del orden.
Visados T (Víctimas de la trata de personas)
“Me trajeron a Estados Unidos y me obligaron a trabajar en contra de mi voluntad”.
Las visas T protegen a las víctimas de trata de personas grave, ya sea con fines de explotación sexual o laboral. Si usted fue coaccionada, engañada u obligada a prostituirse, a realizar trabajos forzados o a vivir en condiciones similares a la esclavitud, y ahora se encuentra en Estados Unidos debido a ello, la visa T puede ayudarle. Al igual que la visa U, requiere la cooperación de las autoridades.
Cómo le ayudamos: Tratamos los casos de visa T con la máxima sensibilidad. Comenzaremos documentando minuciosamente su situación, obtendremos cualquier recomendación de las autoridades, y presentaremos la solicitud de visa T, que incluye su declaración personal y las pruebas que la respaldan. Las visas T no tienen la misma demora que las visas U, pero la naturaleza personal de las pruebas puede ser muy intensa. Trabajamos a su ritmo. Una vez aprobada la visa T, recibirá un estatus legal y autorización de trabajo por 4 años. Después de 3 años, podemos solicitar su tarjeta de residencia permanente (Green Card). Nuestra misión en los casos de visa T es ayudarle a recuperar el control de su vida.
Orientación compasiva
Para todos los casos humanitarios y especiales, tenga la seguridad de que nos importa profundamente su bienestar. Le explicamos cada paso con claridad, mantenemos la confidencialidad de su información y avanzamos a un ritmo cómodo pero eficaz. Además, colaboramos con profesionales de confianza cuando es necesario para brindarle un apoyo integral a su caso. Cuando trabaja con nosotros en un caso humanitario, usted no es solo un cliente, sino una persona a la que queremos ver segura y próspera. Utilizaremos todos los recursos legales a nuestro alcance para lograrlo.
Convertirse en ciudadano estadounidense (naturalización)
¿Ya eres residente permanente (titular de la tarjeta verde) y estás considerando la ciudadanía estadounidense?
¡Felicidades! Este es el último paso en el proceso de inmigración, y conlleva muchos beneficios. El proceso para obtener la ciudadanía se llama naturalización.
Podemos ayudarle a determinar cuándo cumple con los requisitos para solicitarla, asegurarnos de que ha residido continuamente en los Estados Unidos durante el tiempo requerido y ayudarle a reunir pruebas de su buena conducta moral. Si es necesario, solicitaremos una exención de los exámenes de inglés y civismo.
Enfatizando los resultados
Al naturalizarte, tendrás tranquilidad y plenos derechos en tu nuevo país. Nuestro trabajo es facilitar al máximo el proceso de ciudadanía, revisando cualquier posible inconveniente antes de que presentes tu solicitud para que no haya sorpresas. Nos llena de orgullo ver a nuestros clientes jurar lealtad a Estados Unidos; a menudo, los hemos acompañado desde el inicio de su proceso migratorio, por lo que este momento es sumamente gratificante. Si estás listo para dar este paso, nos entusiasma ayudarte a integrarte plenamente a la familia estadounidense.
¿Cómo es trabajar con nosotros?
1
Nosotros escuchamos
Cada caso que aceptamos comienza escuchando al cliente y comprendiendo su historia y sus necesidades. Cuéntenos su situación y luego analizaremos los detalles legales.
2
Nosotros evaluamos
Puede que no siempre sepas cuál es la mejor opción para regularizar tu situación legal, pero estamos aquí para ayudarte a encontrarla. Después de escuchar tu historia, analizamos las alternativas y te brindamos la información necesaria para seguir adelante.
3
Nosotros ayudamos
Una vez que tengamos un plan a seguir, pondremos en marcha el proceso y nos encargaremos del papeleo. Le proporcionaremos listas de verificación e instrucciones claras para que esté al tanto de todo el proceso.